Nueva búsqueda

Realizar una nueva búsqueda

Localizador de envíos

NV5HX40200035540106220P
En entregaEs necesario pagas las tasas de aduanas para continuar con el envío
Envío asociado
1 bulto

Prerregistrado
12 de enero, 2023 · 10:47Envío prerregistrado en los sistemas de Correos pendiente de depósito
Admitido
13 de enero, 2023 · 13:14El envío ha tenido admisión en origen
Alta en la unidad de reparto
16 de enero, 2023 · 08:06El envío ha entrado en la unidad responsable de su entrega
En reparto
16 de enero, 2023 · 08:36Fecha planificada de entrega del envío
Dirección incorrecta
16 de enero, 2023 · 12:28Es necesario pagas las tasas de aduanas para continuar con el envío

Condiciones y Términos del Servicio de localización de envíos

La consulta del estado detallado para envíos individuales y del estado final para envíos masivos es un servicio gratuito que Correos le ofrece para sus envíos remitidos con carácter registrado. Este servicio es de carácter informativo sin que en ningún caso sustituya la información que ud. puede obtener mediante acuse de recibo y certificación del servicio prestado. Correos no se responsabiliza de los errores u omisión de información, por lo que advierte que no se adopten decisiones o acciones derivadas de la información obtenida por este servicio.

En caso de que no dispongamos de información sobre el estado de su envío le aparecerá el mensaje siguiente: 'No reconozco el código introducido. Por favor compruebe que está introduciendo el código correcto’. Este mensaje no significa que el envío no fue depositado, sino que no ha sido procesado por nuestro sistema informático.

La consulta del estado de la entrega de un envío podrá realizarse durante los 6 meses posteriores a la remisión del envío.

Compra productos de empresas españolas

Descubre Correos Market, el marketplace de Correos que apuesta por las empresas españolas y productores artesanos que venden sin comisiones ni intermediarios. Así de sencillo.

Preguntas frecuentes

IVA en el Comercio Electrónico a partir del 1 de julio

¡Atención! A partir del 1 de julio entra en vigor una nueva normativa de carácter europeo que afectará a tus compras online. ¿Quieres saber en qué consiste? ¡Sigue leyendo!

¿Qué documentación necesito para recoger un envío?

Deberás presentar uno de los siguientes documentos originales en vigor:

  • DNI.
  • Pasaporte.
  • Permiso de conducir.
  • Tarjeta de residencia (no se considera válido el impreso de solicitud de la tarjeta de residencia).
  • Otros documentos considerados válidos en el país del destinatario, siempre y cuando incorpore fotografía.

¿Quién puede recoger mi envío?

En el caso de que no puedas recogerlo personalmente, deberás cumplimentar una autorización indicando quién deseas que recoja el envío en tu nombre. Puedes autorizar tanto una persona física como una persona jurídica.

Los envíos pueden ser recogidos por:

  • Destinatario
  • Autorizado por el destinatario

¿Quién puede ser autorizado para recoger mi envío?

Puede ser autorizado tanto una persona física como una persona jurídica:

Persona física

  • Fotocopia o copia digital de alguno de los documentos del destinatario considerados como válidos para su identificación.
  • Autorización firmada por el destinatario: será válido tanto el Aviso de Llegada como una autorización genérica en papel.
  • Alguno de los documentos originales del autorizado considerados como válidos para la identificación.

Persona jurídica

La entrega de notificaciones a personas jurídicas se realizará al representante de la empresa o a un empleado de la misma. En el Aviso de Recibo deberá constar:

  • La identidad de la persona que recoge el envío, firma y fecha de la notificación, y el sello de la empresa.
  • En el caso de las Comunidades de Bienes, entre las que se encuentran las Comunidades de Propietarios, se podrá hacer entrega de notificaciones sin la estampación del sello siempre que no dispongan del mismo.
  • El sello no será requisito para la admisión y entrega de notificaciones de Órganos Judiciales.

Si dispone de sello:

  • Sello.
  • Autorización firmada por el destinatario.
  • Documento original de identificación del autorizado con fotografía y que sea válido en el país del destinatario.
  • Excepción: en el caso de notificaciones procedentes de Organismos Públicos no será exigible el sello.

Si no dispone de sello:

  • Poder notarial.
  • Autorización firmada por el destinatario.
  • Documento original de identificación del autorizado con fotografía y que sea válido en el país del destinatario.

Para que un particular pueda recoger los envíos dirigidos a una empresa o sociedad, es necesario que los remitentes indiquen la razón social, el nombre y apellidos del particular que va a efectuar la recogida del envío.

¿Tienes más dudas?

Si aún tienes más dudas consulta todas nuestras preguntas frecuentes.